¿Qué efecto tienen las plataformas digitales en los mercados híper-regulados?

¿Qué efecto tienen las plataformas digitales en los mercados híper-regulados?

El desarrollo de la economía colaborativa y el crecimiento de las plataformas P2P, B2C y B2P, han provocado una distorsión de los mercados que siguen utilizando los modelos de negocios estáticos y tradicionales. Dichas plataformas están facilitadas por las nuevas tecnologías que impulsan la colaboración voluntaria entre personas para la ejecución de servicios o intercambio de bienes.

Uno de los sectores que se ha visto más afectado es el del transporte público, como consecuencia de la irrupción en el mercado de las plataformas de car sharing, similares a Uber, que ponen en contacto, a través de una aplicación de Smartphone, al usuario que requiere un servicio de transporte, con un conductor que se halle en la proximidad, dispuesto a llevar al usuario del punto A al punto B.

Dicha plataforma digital funciona como un gestor de intermediación entre la oferta y la demanda generando efectos positivos para el consumidor, favoreciendo la competencia en un mercado estático, incrementando la calidad de los servicios, mejorando los precios y la elección del consumidor e incentivando la innovación.

Pese a estos efectos positivos, la entrada en el mercado español de la compañía Uber y su expansión ha suscitado una gran polémica debido a la potencial contravención de las normativas vigentes y de la posible lesión de los derechos de los operadores ya existentes en el mercado del taxi. Como consecuencia de los conflictos con los operadores tradicionales, Uber retiró su servicio del mercado Español y actualmente opera empleando conductores profesionales que ofrecen un servicio de alquiler de vehículo con conductor, cumpliendo con el marco normativo vigente.

El difícil encaje jurídico de la plataforma digital de Uber generó una necesidad real de un marco normativo adecuado, acorde con las exigencias de todos los operadores implicados, que permita a los usuarios explotar las eficiencias de la economía digital, garantizando a su vez los derechos de los operadores de transporte por carretera y, como no puede ser de otra forma, que asegure la protección suficiente de los derechos de los consumidores. La aprobación de dicho marco normativo pasa, en nuestra opinión, por la supresión de aquellos obstáculos legislativos innecesarios y desproporcionados, que no redundan, tampoco, en la defensa de los intereses de aquellos sujetos que operan en el que puede calificarse como mercado tradicional del transporte terrestre de pasajeros, a pesar de los enormes inconvenientes que estos ven en la liberalización del sector.

La Unión Europea se ha pronunciado sobre la necesidad de crear un marco normativo homogéneo para los negocios de economía colaborativa con el objeto de evitar divergencia entre las legislaciones nacionales así como para eliminar las lagunas reglamentarías. Quedan por ver las respuestas de los Estados miembros a los directrices de la Comisión Europea y si los cambios normativos van a responder a la realidad de la economía digital.

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